Una resolución judicial, contra la que no cabe recurso, pone fin a un caso que ha tenido una extraordinaria difusión en redes sociales y en los medios de comunicación, como consecuencia de la divulgación promovida por la acusación particular, cuya tesis ha sido rechazada en su totalidad. Y es que la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado, por sentencia de 19 de Junio de 2018, la absolución de José Ramón Llorente López de los delitos de intrusismo y homicidio imprudente por el fallecimiento de un paciente oncológico al que recomendó unas dietas complementarias al tratamiento médico.
La acusación particular siempre sostuvo que el naturópata absuelto se había hecho pasar por Seguir leyendo