Tras el primer post acerca de la «Soberbia y mala praxis en el reparto postal de Correos», del cual ya hice otro post anterior a este, que me parece me toca en sufrimiento, hoy me toca llevar a cabo un segundo a través de otra incidencia, con la cual espero demostrar que el personal, por lo menos el que viene hasta mi buzón, hace lo que da la gana… Haya o no un reglamento, haya o no unas normas internas para llevar a cabo la entrega de la correspondencia y pequeña paquetería. Y, lamentándolo mucho, voy a tener que escribir más post sobre el tema.
Esta vez toca con un libro que compro a una editorial en Madrid, y el cual envían en un sobre de papel burbuja. Esto ocurre, la entrega, el pasado día 20 de febrero, cuando me encuentro en mi buzón con un papel que dice (literalmente) que tengo que recoger dicho paquete en la oficina de La Pola (Siero) porque el «envío cuyas dimensiones no permiten el depósito en buzón». Pues bien, me acerco a recoger el sobre sin problema en la oficina y ya me doy cuenta de que dicho sobre permite su depósito, sin problema alguno, en mi buzón; sin embargo decido esperar y llegar a casa para comprobar lo que sospecho. Más tarde y en mi buzón, como se puede comprobar en la fotografía, el sobre, con el libro dentro, cabe perfectamente en mi buzón, además sin quedar fuera nada del mismo e incluso con la tapa perfectamente cerrada.
Entonces, y habiendo tenido una queja no hace muchos días con otro envío ¿por qué el repartidor o repartidora no hace lo correcto? ¿Me quiere vacilar? ¿Está retándome a algo? ¿Quiere qué le hagan saber sus jefes que ha hecho mal su trabajo? Es decir, lo que dice el artículo 33 del RD 1829/1999… Bien, pues está claro porque debe de ser más cómodo cargar con una hoja que un pequeño libro ¿cierto? Pero como ciertos empleos dan para que la soberbia, el orgullo y el «yo se más que nadie» sea más importante que el hecho final de la empresa que te contrata para que hagas un determinado servicio/trabajo, pues va y hace totalmente lo contrario a lo que está tipificado en una ley y, además, con el agravante (supongo) de como puse una queja, ahora el que me voy a quejar por algo soy yo y me tengo que desplazar a por mi libro (que, por cierto, costó los nada desdeñables 18 €)
También hay que añadir, que contra la queja presentada el día 5 de marzo, recibo una carta el día 12 del mismo mes, en el que la Dirección Comercial de Correos debe de haber hecho un copia y pega, y responde a nada de lo que puse en mi reclamación. Bueno, a nada no, a mi reclamación de 10 € por gastos y daños ocasionados responden que a eso «no contemplan esa posibilidad». Para mí que no siempre responde el mismo y le da igual si una reclamación tiene que ver con otra… ¡¡¡Cómo ellos son superiores!!! Pero el resto de la respuesta da la risa, repito, da la risa porque no corresponde en nada a mi reclamación. Ver veremos, pues el día 11 del mismo mes me surge otra incidencia con daños (¿de verdad? No puede ser…) con la que tendré que ponerme, con otro post, en cuanto ponga la reclamación y reciba respuesta.